UGAMA informa que el FEGA ha ampliado con varias especies la lista de plantas que pueden usarse en los barbechos que se vayan a declarar para cubrir el 5 % de superficie de interés ecológico (SIE) para cumplir el greening.
Madrid,14 de enero de 2020.
Esta es una novedad que se incluyó por primera vez en la campaña pasada, según la cual los barbechos en los que se siembren plantas aprovechables para el pecoreo de las abejas pueden ser incluidas dentro de la superficie válida como “de interés ecológico”, que debe representar un mínimo del 5% para poder cobrar el pago complementario de la PAC por prácticas beneficios para el medio ambiente. Este requisito se exige sólo para explotaciones superiores a las 15 hectáreas de cultivo.
Además, para que las tierras sean consideradas “barbecho para plantas melíferas”, y, por consiguiente, SIE, deberán estar sembradas con una mezcla de especies melíferas elegibles de entre la lista que publica el FEGA, que representen un mínimo de 4 familias diferentes, y que sean predominantes en dichas superficies.
Para la PAC de 2020 el listado se ha ampliado respecto de la pasada campaña y es el siguiente:
Recordamos que, al igual que en el resto de los casos que se pretenden declarar como SIE, estas superficies deberán permanecer, y no dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de 6 meses consecutivos a contabilizar entre el 1 de enero y el 30 de septiembre del año de solicitud; aunque, en el caso de los barbechos melíferos, evidentemente, sí que se permite la colocación de colmenas.
En los barbechos melíferos pueden estar presentes otras especies herbáceas, siempre que sean predominantes las de la lista elegible. Incluso las CCAA pueden ampliar la relación con otras de interés local, aunque en ningún caso podrán ser elegibles las de los géneros Borago spp., Echium spp., Heliotropum spp., y Senecio spp.
Más cuestiones a tener en cuenta: en ningún caso, las especies implantadas deberán constituir una producción que normalmente pueda ser sea cosechada, se deberá respetar una dosis mínima de siembra razonable para alcanzar una cubierta herbácea adecuada y las especies implantadas deben favorecer una floración distribuida a lo largo del año.