UGAMA se hace eco del acuerdo del Consejo de Ministros celebrado hoy (adelantado por la festividad del viernes 1 de noviembre) sobre la actualización de las normas de la PAC para la campaña 2020. Los principales cambios tienen que ver con las comprobaciones de la llamada “lista negra” de excluidos de la PAC, los ganaderos beneficiarios de derechos especiales , los jóvenes agricultores y la fecha que se toma como referencia para su instalación y algunas adaptaciones de calendario necesarias por el nuevo sistema de monitorización de las parcelas
El Consejo de Ministros ha aprobado, hoy jueves 31 de octubre, un Real Decreto que modifica a su vez dos reales decretos sobre la aplicación de la PAC en España (1075/2014 y 1076/2014), con el fin de
cumplir con la normativa comunitaria e introducir algunas mejoras técnicas derivadas de la experiencia adquirida en la gestión del sistema de ayudas y, facilitar así, según expone el Ministerio, su
aplicación a partir de la próxima campaña 2020.
Entre las novedades para la PAC del 2020, cabe destacar que se ha actualizado el control de la figura del agricultor activo, reforzando los controles sobre los titulares que, por ser su actividad principal muy diferente a la agraria, se incluyen en la denominada lista negativa de solicitantes, a fin de comprobar que el perceptor de la ayuda realmente está ejerciendo la actividad agraria. El cambio introducido consiste en que se reduce a uno (de los tres existentes hasta ahora) los criterios de los que disponía una persona o grupo de personas para acreditar que son agricultores activos y salir de la lista negra, demostrando que su actividad agrícola no es marginal.
Jóvenes agricultores
Otra de las modificaciones a destacar es la relacionada con la incorporación de jóvenes y nuevos agricultores. En este sentido, con objeto de favorecer su incorporación a la actividad, se ha añadido
una nueva referencia a tomar como fecha de su primera instalación en una explotación, dotando de mayor flexibilidad el acceso a las ayudas.
De esta forma, se flexibilizan las condiciones para acreditar el cumplimiento por los jóvenes agricultores del requisito de primera instalación como responsable de la explotación agraria en el ámbito de la ayuda complementaria a los jóvenes agricultores y consecuentemente, al acceso a la reserva nacional por parte de jóvenes y nuevos agricultores.
Ganaderos con derechos especiales
Por otra parte, en el ámbito de las ayudas asociadas de derechos “especiales”, se introduce un ajuste técnico en coherencia con las disposiciones generales sobre pagos directos. De este modo, los
ganaderos potencialmente subvencionables que no soliciten estas ayudas durante dos años consecutivos perderán, con carácter definitivo, el derecho a recibirlas, excepto en casos de fuerza mayor o
circunstancias excepcionales. No obstante estos ganaderos podrán seguir siendo elegibles para otro tipo de ayudas asociadas.
Monitorización de parcelas
Otra de las novedades incluidas en la nueva norma, son las relacionadas con ajustes técnicos derivados de la incorporación de los controles por monitorización a los regímenes de ayudas. Dicho control
por monitorización de las parcelas, consiste en la observación periódica de imágenes de satélite de la superficie, lo que ofrece una nueva vía de simplificación de la gestión y reducción de los
costes de control de las ayudas del que finalmente se beneficiarán los agricultores.
Dentro de los ajustes efectuados, destaca un nuevo plazo de modificación de la solicitud única, con objeto de unificar las fechas para el cumplimiento de los requisitos para estos expedientes controlados por monitorización.
Por último, se incorporan ajustes técnicos menores en el contenido mínimo de la solicitud única de ayudas, como es el caso de la simplificación en la declaración de los cultivos hortícolas y frutales, la actualización de la declaración responsable referente al cumplimiento de los requisitos establecidos para cultivos proteicos, o el ajuste del tratamiento estadístico de la información que suministra el agricultor a la Administración Pública, a través de dicha solicitud.
Las solicitudes de ayudas de la PAC correspondientes a la campaña 2020 regulada por esta norma, podrán presentarse a partir del próximo 1 de febrero de 2020 y hasta el 30 de abril de dicho año. En la campaña 2019 se presentaron alrededor de 700.000 solicitudes de ayudas PAC.
Es muy posible que el nuevo Real Decreto sea publicado este mismo sábado o, en todo caso, se hará en breve.